Resumen | |
[J] | Servicios mínimos por huelga en televisión privada(publicado en Actualidad Diaria 1063 el 20 de septiembre de 2007) |
texto publicado volver | |
Con motivo de la convocatoria de la huelga general del 20 de junio de 2002 y para garantizar el mantenimiento de los servicios esenciales para la comunidad, el Gobierno, entre otras disposiciones, dictó el Real Decreto 531/2002, de 14 de junio , para garantizar el funcionamiento de los servicios mínimos esenciales en el ámbito de la gestión indirecta de los servicios públicos esenciales de radiodifusión sonora y de televisión, bajo competencia del Estado y, de conformidad con lo en él dispuesto, el Ministro de Ciencia y Tecnología dictó la Orden 1519/2002, de 18 de junio, sobre los servicios mínimos en "Gestevisión Telecinco, Sociedad Anónima" y "Agencia de Televisión Latinoamericana de Servicios de Noticias España, Sociedad Anónima ("Atlas España, Sociedad Anónima")" [Telecinco], con el fin de garantizar el mantenimiento del servicio público esencial de televisión, para la jornada de huelga del día 20 de junio de 2002. | |
Información relacionada | |
[J] Huelga general y servicios minimos. Equivalentes a un domingo o dia festivo | |
[J] Derecho de huelga en RTVE. Decreto de servicios mínimos. Retrasmisiones deportivas. Suspensión. | |
[J] El Constitucional afirma que el ejercicio del derecho a la huelga no se puede supeditar a otros derechos tutelados por el mismo texto, como el del trabajo y la libertad de empresa. | |
[J] Libertad sindical y derecho de huelga. Paradores de Turismo. Gestión de las horas sindicales. La empresa considera que los liberados sindicales huelguistas no deben ser incluidos en la relación de trabajadores en situación de alta especial con descuento de haberes. | |
texto publicado volver |
Los suscriptores de este Diario tiene 5 ventajas:
1 Prioridad en la recepción de los envíos del Diario.
2 El Diario se puede recibir en tres e-mail diferentes por cada suscripción.
3 Acceso a todos los Diarios publicados desde el número 1 (16 años de histórico).
4 Buzón de e-mail POP3 y web gratuíto para recibir el Diario y cualquier otro uso. Pulse aquí
5 Pedidos de libros sin gastos de envío. Ultimas novedades, aquí
Estamos a su servicio en el
telefono 902 198 832
(L a V de 9:00 a 20:00)
Las e-fuentes consultadas: |
Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). |
Jurisprudencia:
TC, TS, TJUE y TEDH. |
Noticias:
europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA,
EXPANSI�N |
Documentaci�n
oficial: Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad
Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
Documentaci�n
corporativa: Consejo
General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio
de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria) |
© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores. paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL. PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo:
Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n
(MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto. |